ENSAYO
LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS ELECTONICAS Y MENSAJES DE DATOS
El comercio electrónico es una tendencia
generadora de múltiples empleos y transacciones a nivel mundial; es por ello
que muchas empresas han tomado este hecho como parte de su política empresarial
es así que para que no exista problemas derivados del comercio electrónico en
el Ecuador rige la LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS ELECTRONICAS Y MENSAJES
DE DATOS, para temas de estudio haremos un análisis de los artículos 44 al 64
de la presente ley.
En el artículo 44 de la Ley de comercio electrónico
se hace referencia a que cualquier transacción que se realice a través de las
redes electrónicas se someterán a los lineamientos ya sea en forma de sanciones
y reglas establecidos en la presente ley.
Desde el articulo 46 al artículo 47 se
establece los contratos electrónicos que serán celebrados mediante mensajes de
datos y acuerdos de responsabilidad entre las partes y su jurisdicción en caso
de presentarse problemas será la que está establecida en el contrato, para ello
el contrato debe ser aceptado para que tenga validez.
Desde el articulo 48 al artículo 50 hace
referencia a los derechos que tiene los usuarios o consumidores de servicios
electrónicos en cuanto tiene que ver a la aceptación de cualquier suscripción o
la cancelación de la misma mediante mensajes de datos; ninguna empresa que
realice comercio electrónico puede negar
información de las transacciones a los usuarios es así que aquí abarca la
información de los bienes vendidos, los acuerdos de aceptación, el periodo de
entrega etc.
Desde el articulo 51 al artículo 56 hace
referencia a las notificaciones electrónicas, las firmas electrónicas deben
estar certificadas y debidamente registradas en el Banco Central del Ecuador,
Valoración de la prueba.- La prueba será valorada bajo los principios
determinados en la ley y tomando en cuenta la seguridad y fiabilidad de los
medios con los cuales se la envió, recibió, verificó, almacenó o comprobó si
fuese el caso, sin perjuicio de que dicha valoración se efectué con el empleo
de otros métodos que aconsejen la técnica y la tecnología.
Desde el artículo 67 al artículo 64 hace
referencia a las infracciones informáticas que están penadas por la ley con
reclusión de libertad y sanciones económicas según fuere el caso. Si un fiscal
considera una infracción como delito las penas van desde dos a seis años según
el delito informático y las sanciones pueden ir desde un salario básico.
FACTURACION
ELECTRONICA
Una factura electrónica en un
comprobante de una transacción (compra o venta) debidamente autorizado por el SRI
(Servicio de Rentas Internas) este tipo de facturación nos ahorra tiempo,
dinero y sobre todo dota de mayor seguridad al momento de comprar o vender ya
que este comprobante se hace eco en cada uno de los correos electrónicos registrados.
Una empresa está obligado a llevar
contabilidad una vez que supere las 9 fracciones básicas sobre su capital y no
tiene un monto como obligación para facturar.
Las personas que no llevan contabilidad
y están registradas en el RISE están en la obligación de emitir un comprobante
de venta a partir de doce dólares.
Para que una empresa pueda emitir
comprobantes electrónicos debe poseer el Ruc (Registro Único de Contribuyentes)
además de solicitar al Banco central del Ecuador la respectiva autorización
mediante solicitud y adquirir un toquem.
No hay comentarios:
Publicar un comentario